Se cuenta que en Smolny, en la misma noche del 25 al 26 de octubre, [228]surgió una discusión sobre si uno de los primeros decretos no habría de ser la abolición de la pena de muerte por siempre jamás. Lenin ridiculizó entonces el idealismo utópico de sus camaradas, pues sabía que sin pena de muerte sería imposible dar un solo paso hacia una nueva sociedad. Sin embargo, como formaba un gobierno de coalición con los socialistas revolucionarios, hubo de ceder ante sus erróneas concepciones y, a partir del 28 de octubre de 1917, la pena de muerte quedó, por fin, abolida. Naturalmente, no podía esperarse nada bueno de este viraje hacia la «blandura». (Además, ¿de qué manera fue abolida? A principios de 1918, Trotski ordenó que se juzgara a Alexéi Schastni, recién promocionado a almirante, por haberse negado a hundir la flota del Báltico. El presidente del Tribunal Revolucionario Supremo, Karklin, sentenció rápidamente en su imperfecto ruso: «fusilar en veinticuatro horas». Agitación en la sala: «¡La pena de muerte está abolida!». Pero precisó el acusador Krylenko: «¿De qué os inquietáis? Pues claro que está abolida la pena de muerte. A Schastni no le vamos a aplicar la pena de muerte, lo vamos a fusilar». Y lo fusilaron.)

A juzgar por los documentos oficiales, la pena capital fue restablecida en toda su extensión a partir de junio de 1918, aunque mejor dicho no es que fuera «restablecida», sino que se instauró como una nueva era de ejecuciones. Si damos por supuesto que Latsis [229] 30no calcula por lo bajo, sino que simplemente dispone de datos incompletos, y que los tribunales revolucionarios trabajaron en el terreno judicial como mínimo con tanta intensidad como la Cheká en el extrajudicial, llegamos a la conclusión de que en dieciséis meses (de junio de 1918 a octubre de 1919) en las veinte gubernias centrales de Rusia se fusiló a más de 16.000 personas, (lo que equivale a más de mil personas al mes ). [230] 31(Por cierto, fueron fusilados entonces el presidente del primer soviet ruso de diputados [el de Petersburgo, 1905], Jrustaliov-Nosar, y el pintor que diseñó el uniforme medievalizante que llevaron los soldados rojos durante toda la guerra civil.)

Tenemos, además de todo esto, los tribunales revolucionarios militares, con sus cifras de millares de condenados por mes. Y los tribunales revolucionarios de ferrocarriles (véase el capítulo 8, pág. 358.)

En cualquier caso, quizá no fueran estos fusilamientos aislados —precedidos o no por una sentencia—, y que luego ascendieron a millares, los que abrieran en 1918 esa nueva era de ejecuciones que habría de dejar a Rusia ebria y helada.

Más espantosa se nos antoja la práctica, puesta de moda por ambos bandos combatientes y después por los vencedores, de hundir gabarrascargadas con centenares de personas sin recuento, sin registro ni listas, especialmente oficiales y otros rehenes, en el golfo de Finlandia, en los mares Blanco, Caspio y Negro, y también en el lago Baikal. Aunque ello no forme parte estrictamente de nuestra crónica judicial, es la historia de unos usos de los que deriva todo lo demás. ¿En qué otro siglo ruso, desde el primer Riurik, se dio algún periodo con tal sinnúmero de crueldades y asesinatos como cometieron los bolcheviques tanto durante como acabada la guerra civil?

Estaríamos pasando por alto un característico altibajo si no citáramos la abolición de la pena capital... en enero de 1920. ¡Sí! Algún historiador puede quedarse atónito ante esta muestra de credulidad e indefensión por parte de una dictadura que prescinde de su espada justiciera en unos momentos en que De-níkin todavía estaba en el Kubán; Wrangel en Crimea, y cuando la caballería polaca comenzaba a ensillar los caballos para lanzarse a la campaña. Pero, en primer lugar, hay que decir que con este decreto estaban curándose en salud porque no se extendía a los tribunales revolucionarios militares,sino tan sólo a la Cheká y a los tribunales de la retaguardia. Por ello, los que estaban destinados al paredón podían ser trasladados previamente a zona militar. Así, por ejemplo, se ha conservado este documento para la Historia:

«Confidencial. Circular.

»A los presidentes de las chekás locales, y de la Cheká de

la URSS.

»A la atención de las Secciones Especiales. »En vista de la abolición de la pena capital, se sugiere que todos aquellos individuos a los que, por razón de los distintos delitos que les hayan sido imputados, corresponda aplicar la medida suprema sean trasladados a las zonas de combate, en las que no está en vigor el decreto de abolición de la pena de muerte.

»15 de abril de 1920.

»n° 325/16.756

»El jefe de la Sección Especial de la Cheká de la URSS, «/firmado/

»Yagoda».

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